La Tripleta Ganadora

La participación en la campaña “La Tripleta Ganadora” implica la aceptación total e incondicional de los presentes términos y condiciones.

  1. VIGENCIA

La campaña estará vigente desde el 01 de junio de 2026 hasta el 31 de julio de 2026.

Durante la vigencia de la campaña se realizarán dos (2) sorteos:

  • Primer sorteo: 03 de julio de 2026.
  • Segundo sorteo: 03 de agosto de 2026.

 

  1. Participantes

Podrán participar exclusivamente los colocadores vinculados a la empresa como Aliados TAT activos y vinculados a Juegos y Apuestas La Perla S.A.

  1. MECÁNICA DE LA CAMPAÑA

La campaña tiene como objetivo incentivar el crecimiento de las ventas del Conjunto de Chance.

Aplicarán las ventas de los siguientes productos:

Chance – Gana Diario – Mega Chance – La Patota – Billonario – Quinta – Chance Millonario – Astro – Loterías

Para participar en cada sorteo mensual, el vendedor deberá cumplir simultáneamente con los siguientes requisitos:

  1. Crecimiento en ventas

Superar en un diez por ciento (10%) el promedio de ventas obtenido durante los meses de marzo, abril y mayo de 2026.

  1. Cumplimiento de base mínima por zona

Adicionalmente, deberá alcanzar o superar la siguiente base mínima de ventas durante el período evaluado:

Zona

Base mínima de ventas

Centro

$3.000.000

Sur

$2.000.000

Yariguíes

$1.000.000

Norte

$1.000.000

 

Únicamente participarán en el sorteo los vendedores que cumplan de manera simultánea con ambos requisitos.

La validación se realizará con base en los reportes oficiales de Juegos y Apuestas La Perla S.A.

  1. SELECCIÓN DE GANADORES

Se realizará un (1) sorteo mensual mediante ruleta digital entre todos los participantes que hayan cumplido con los requisitos establecidos.

Se seleccionará un (1) ganador correspondiente al período de junio y un (1) ganador correspondiente al período de julio.

El resultado será definitivo e inapelable.

  1. PREMIO

La campaña contará con dos (2) premios, uno por cada período de evaluación.

Cada ganador recibirá un beneficio de inversión comercial por valor de Seiscientos Mil Pesos ($600.000), acompañado de una activación comercial en su punto de venta.

La activación incluirá:

  • Servicio de animación durante tres (3) horas.
  • Material publicitario suministrado por la marca (Afiches y merch).

El beneficio de inversión comercial podrá destinarse a:

  • Remodelación del establecimiento.
  • Mejoras locativas.
  • Dotación comercial.
  • Surtido de productos para el negocio de acuerdo a la tipología del mismo.

En ningún caso el beneficio será entregado en dinero en efectivo ni podrá ser canjeado por otros bienes, servicios o compensaciones económicas.

  1. VALIDACIÓN DE INFORMACIÓN

Las ventas serán verificadas con base en los reportes consolidados de los sistemas oficiales de Juegos y Apuestas La Perla S.A.

No se tendrán en cuenta:

  • Ventas anuladas o reversadas.
  • Registros inconsistentes o incompletos.
  • Operaciones que presenten indicios de fraude o irregularidad.

La Perla se reserva el derecho de verificar, auditar y validar la información antes de confirmar oficialmente a los ganadores.

  1. ENTREGA DEL PREMIO

Los ganadores deberán firmar el acta de entrega correspondiente, adjuntar copia de su documento de identidad y autorizar el registro fotográfico y/o audiovisual como evidencia de la entrega.

El plazo máximo para reclamar cualquier premio será de seis (6) meses contados a partir de la fecha del sorteo correspondiente.

En caso de no reclamarse dentro de dicho plazo, La Perla podrá disponer libremente del beneficio, incluyendo su reasignación o la declaratoria de premio desierto, sin que exista lugar a compensación alguna.

8 ENTREGA EN MUNICIPIOS

Cuando el ganador se encuentre fuera del área metropolitana o del lugar habitual de ejecución de la inversión comercial, La Perla definirá los mecanismos logísticos y operativos necesarios para garantizar la entrega y ejecución del beneficio.

La gestión podrá ser realizada por líderes, administradores o personal autorizado, garantizando la documentación y evidencia correspondiente.

  1. ACTIVACIÓN COMERCIAL

La aceptación del premio implica la participación del ganador en actividades de visibilidad de marca, incluyendo activaciones en punto de venta, registros fotográficos y audiovisuales, así como acciones de divulgación institucional y comercial definidas por La Perla.

  1. RESTRICCIONES

La participación en la campaña es personal e intransferible.

No podrán participar vendedores TAT que presenten irregularidades en su operación o incumplimientos a las políticas internas de la organización.

La campaña no será acumulable con otras promociones, incentivos o campañas, salvo disposición expresa de La Perla.

  1. FACULTADES DEL ORGANIZADOR

La Perla se reserva el derecho de:

  • Modificar, suspender o cancelar la campaña por causas operativas, comerciales, de fuerza mayor, caso fortuito o por disposición de autoridad competente.
  • Ajustar los presentes términos y condiciones en cualquier momento, informando oportunamente a los participantes.
  • Descalificar participantes cuando se evidencien fraudes, inconsistencias o incumplimientos de las condiciones establecidas.
  1. TRATAMIENTO DE DATOS Y USO DE IMAGEN
  • Con su participación en la campaña, los vendedores TAT autorizan a Juegos y Apuestas La Perla S.A. para realizar el tratamiento de sus datos personales, así como el registro y uso de fotografías, videos, grabaciones de voz e imagen con fines comerciales, publicitarios, promocionales e institucionales, de conformidad con la Política de Manejo de Información y Datos Personales vigente de la organización.
  1. CUMPLIMIENTO NORMATIVO

La presente campaña se desarrollará conforme a la normativa vigente aplicable y al cumplimiento de las disposiciones internas de Juegos y Apuestas La Perla S.A.